Contraloría pide informe al CNTV por emisión de «La Jauría» en Amazon Prime antes que en TVN a pesar de ser financiada con fondos públicos.

La serie protagonizada por Daniela Vega y producida por Fabula junto a la empresa argentina Kapow fue estrenada el pasado mes de julio en la plataforma streaming, sin embargo, recién este mes de noviembre fue estrenada por el canal nacional.

 Este punto genero controversia, ya que el proyecto financiado por fondos públicos, por esto mismo la actriz María Esperanza Silva decidió ingresar una denuncia a la Contraloría General de la República para aclarar la situación.

Así, la Contraloría General de la República solicitó un informe al Consejo Nacional de Televisión para explicar por qué la serie “La Jauría” fue emitida primero por una plataforma streaming y más tarde por TVN, y velar por la juridicidad de que el CNTV autorice a la Productora Fabula para emitir la serie “La Jauría” por la plataforma Amazon Prime con anterioridad a hacerlo por Televisión Nacional de Chile.

Respecto a este hecho, el CNT se negó a responder debido a que son un organismo que “se encontraría excluido del ejercicio de potestades fiscalizadoras por parte de cualquier entidad de la Administración del Estado”.

En ese sentido, el CNTV agregó que «solo le serían aplicables las potestades de control derivadas directamente de la Constitución Política, además de los casos expresamente indicados en la ley N°18.838», en referencia a la normativa que lo creó.

Pese a esto, la Contraloría no estuvo de acuerdo con la argumentación presentada por el CNTV, aclarando que esta respuesta es incorrecta, debido a que el Consejo si puede ser fiscalizado

Así, en el dictamen publicado en el sitio web de la Contraloría General de la República se lee: “Contraloría General tiene atribuciones para ejercer el control de legalidad de los actos del Consejo Nacional de Televisión en conformidad con lo dispuesto en el artículo 98 de la Constitución Política de la República y la legislación pertinente, por lo cual ese consejo debe emitir el informe que indica, solicitado por esta entidad fiscalizadora”.

“En consecuencia, esa entidad deberá emitir, en los términos solicitados, el informe requerido por este Organismo de Control, dentro de un plazo de 5 días hábiles”, acota el documento, firmado por el contralor Jorge Bermúdez.